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Resolución sobre Puerto Rico del Comité Especial de la ONU (esp/ing) PDF Imprimir Correo
Escrito por Comité Descolonización ONU   

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Observando con preocupación que, a pesar de las diversas iniciativas emprendidas en años recientes por los representantes políticos de Puerto Rico y los Estados Unidos, no se ha logrado hasta el momento poner en marcha un proceso de descolonización para Puerto Rico, en cumplimiento de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y las resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico,

 

 

 

Comité Especial Encargado de Examinar la Situación con respecto

a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia

a los Países y Pueblos Coloniales


Bolivia (Estado Plurinacional de), Cuba, Federación de Rusia, Nicaragua,

República Árabe Siria y Venezuela (República Bolivariana de): proyecto de resolución

 

Decisión del Comité Especial de fecha 20 de junio de 2016 relativa a Puerto Rico

 

El Comité Especial Encargado de Examinar la Situación con respecto a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales,

 

Teniendo presente la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales, que figura en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960, así como las 35 resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico,

 

Considerando que ha transcurrido más de la mitad del período de 2011-2020, declarado por la Asamblea General, en su resolución 65/119, de 10 de diciembre de 2010, Tercer Decenio Internacional para la Eliminación del Colonialismo,

 

Teniendo presentes las 35 resoluciones y decisiones aprobadas desde 1972 por el Comité Especial sobre la cuestión de Puerto Rico que figuran en los informes del Comité Especial a la Asamblea General, en particular las aprobadas en los últimos años sin votación,

 

Recordando que el 25 de julio de 2017 se cumplen 119 años de la intervención de los Estados Unidos de América en Puerto Rico,

 

Observando con preocupación que, a pesar de las diversas iniciativas emprendidas en años recientes por los representantes políticos de Puerto Rico y los Estados Unidos, no se ha logrado hasta el momento poner en marcha un proceso de descolonización para Puerto Rico, en cumplimiento de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y las resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico,

 

Teniendo presente que el pueblo de Puerto Rico se expresó mayoritariamente, el 6 de noviembre de 2012, rechazando su actual condición de subordinación política, y que, en el contexto del significativo recrudecimiento de la crisis económica y fiscal en Puerto Rico, dicha condición le impide tomar decisiones soberanas para atender sus graves problemas económicos y sociales, incluidos el desempleo, la marginalización, la insolvencia y la pobreza, y los problemas relativos a la educación y a la salud; situación que se agrava con la imposición de la ley de supervisión, gestión y estabilidad económica de Puerto Rico por el Congreso de los Estados Unidos,

 

Tomando nota con preocupación que el Congreso de los Estados Unidos, invocando sus poderes plenarios bajo la Cláusula Territorial de la Constitución de los Estados Unidos, impuso en junio de 2016 una Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico (junta de supervisión fiscal), nombrada por el Presidente de los Estados Unidos para ejercer poderes de control plenarios sobre los funcionarios ejecutivos y legislativos electos del Gobierno de Puerto Rico en todo asunto relativo a temas fiscales, económicos y presupuestarios, así como todo lo concerniente a la restructuración de la deuda pública de Puerto Rico,

 

Tomando nota de que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, de conformidad con lo solicitado por el Departamento de Justicia de ese país, resolvió en junio de 2016, en el caso Puerto Rico c. Sánchez Valle, que la fuente original y última de la autoridad gubernamental en Puerto Rico era el Congreso de los Estados Unidos, y que cualquier concesión limitada de gobierno propio a Puerto Rico puede ser revocada unilateralmente por dicho Congreso,

 

Destacando nuevamente la urgente necesidad de que los Estados Unidos propicien las condiciones necesarias para la plena aplicación de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y las resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico,

 

Tomando nota de que el Grupo Interagencial de Trabajo sobre el Estatus de Puerto Rico designado por el Presidente de los Estados Unidos, que presentó su tercer informe el 16 de marzo de 2011, reafirmó que Puerto Rico es un territorio sujeto a la autoridad del Congreso de los Estados Unidos, y de que hasta la fecha la discusión sobre el problema del estatus se ha estancado,

 

Tomando nota también de las declaraciones aprobadas por las Cumbres II, III, IV y V de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños, celebradas en La Habana, Belén (Costa Rica), Quito y Punta Cana (República Dominicana) en 2014, 2015, 2016 y 2017, respectivamente, en las que se reitera el carácter latinoamericano y caribeño de Puerto Rico, se toma nota de las resoluciones sobre Puerto Rico adoptadas por el Comité Especial, reiterándose que es un asunto de interés de la Comunidad, se asume el compromiso de seguir trabajando en el marco del derecho internacional y, en particular, de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, para lograr que la región de América Latina y el Caribe sea un territorio libre de colonialismo y colonias, y se encomienda al Cuarteto de la Comunidad para que, con la participación de otros Estados miembros que deseen sumarse a este mandato, presenten propuestas para avanzar en lo anterior,

 

Tomando nota además de la Declaración Especial sobre Puerto Rico aprobada por los Jefes de Estado y de Gobierno de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América, reunidos en Caracas los días 4 y 5 de febrero de 2012, mediante la cual expresaron su más firme respaldo al derecho inalienable del pueblo de Puerto Rico a su autodeterminación y plena independencia, recordaron que Puerto Rico es una nación latinoamericana y caribeña, con su propia e inconfundible identidad e historia, cuyos derechos a la soberanía son violados por la tutela colonial impuesta desde hace más de un siglo, destacaron que la causa de la independencia de Puerto Rico es un asunto que concierne a la región de América Latina y el Caribe y a sus foros de concertación y cooperación política, en especial la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños, que reclamaron la libertad de Oscar López Rivera, quien ha sido encarcelado inhumanamente durante 35 años,

 

Tomando nota de la “Proclama de Panamá”, adoptada en el Congreso Latinoamericano y Caribeño por la Independencia de Puerto Rico, que con la presencia de 33 partidos políticos de 22 países de la región tuvo lugar los días 18 y 19 de noviembre de 2006 en Panamá, cuyas conclusiones fueron reiteradas en la declaración adoptada por el Consejo de la Internacional Socialista en Cascais (Portugal), el 5 de febrero de 2013, en la que se expresa apoyo al llamado reiterado y unánime del Comité Especial para que la Asamblea General examinara el caso colonial de Puerto Rico y se manifiesta satisfacción y solidaridad con el rechazo mayoritario del pueblo puertorriqueño a la continuación de la actual condición colonial de Puerto Rico,

 

Tomando nota también del debate que existe en Puerto Rico sobre la búsqueda de un procedimiento que permita iniciar el proceso de descolonización de Puerto Rico, y consciente del principio de que toda iniciativa para la solución del estatus político de Puerto Rico debe tomarla originalmente el pueblo de Puerto Rico, y de que al presente en Puerto Rico se han presentado varios proyectos legislativos a favor de la celebración de una asamblea constitucional de estatus,

 

Tomando nota asimismo de que la consulta llevada a cabo por el Gobierno de Puerto Rico el 11 de junio de 2017, en la que, según ha informado la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico, participó menos del 23% de los electores, no estaba diseñada para promover la descolonización conforme la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General,

 

Celebrando la excarcelación sin condiciones del patriota puertorriqueño Oscar López Rivera, efectiva al 17 de mayo de 2017, luego de más de 35 años de cárcel por causas relacionadas a la lucha por la independencia de Puerto Rico,

 

Tomando nota de la preocupación existente en el pueblo de Puerto Rico con relación a las acciones violentas, incluidas la represión, la intimidación y la toma forzosa de ADN, contra independentistas puertorriqueños, como las que se han conocido a partir de documentos desclasificados por organismos federales de los Estados Unidos,

 

Conscientes de que la isla de Vieques (Puerto Rico) fue utilizada durante más de 60 años por la infantería de marina y las fuerzas navales de los Estados Unidos para llevar a cabo maniobras militares, con las correspondientes

consecuencias negativas para la salud de la población, el medio ambiente y el desarrollo económico y social de ese municipio puertorriqueño,

 

Tomando nota del consenso que existe en el pueblo y Gobierno de Puerto Rico sobre la necesidad de que se limpien, descontaminen y devuelvan al pueblo de Puerto Rico todas las tierras anteriormente utilizadas para maniobras e instalaciones militares y de que se utilicen para el desarrollo social y económico de Puerto Rico, así como sobre la lentitud de ese proceso hasta el momento,

 

Tomando nota también de las denuncias hechas constantemente por los habitantes de la isla de Vieques de que se siguen detonando bombas y utilizando la quema abierta como método de limpieza, agravando así los problemas de salud y contaminación ya existentes y poniendo en riesgo la vida de civiles,

 

Tomando nota además que en el documento final de la 17a Conferencia de Jefes de Estado o de Gobierno de los Países No Alineados, celebrada en la Isla Margarita (República Bolivariana de Venezuela), el 17 y 18 de septiembre de 2016, y en otras reuniones del Movimiento de los Países No Alineados, se reafirma el derecho del pueblo de Puerto Rico a la libre determinación y a la independencia, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General; se insta al Gobierno de los Estados Unidos a asumir su responsabilidad de acelerar un proceso que permita que el pueblo de Puerto Rico ejerza plenamente su derecho inalienable a la libre determinación y la independencia y a devolver el territorio y las instalaciones ocupadas en la isla de Vieques y en la Estación Naval de Roosevelt Roads al pueblo puertorriqueño, que constituye una nación latinoamericana y caribeña, y se insta a la Asamblea General a examinar activamente la cuestión de Puerto Rico en todos sus aspectos,

 

Habiendo escuchado las declaraciones y los testimonios representativos de diversas tendencias del pueblo puertorriqueño y sus instituciones sociales,

 

Habiendo examinado el informe del Relator del Comité Especial sobre la aplicación de las resoluciones relativas a Puerto Rico1,

 

1. Reafirma el derecho inalienable del pueblo puertorriqueño a la libre determinación y la independencia, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, y la aplicabilidad de los principios fundamentales de dicha resolución a la cuestión de Puerto Rico;

 

2. Reitera que el pueblo puertorriqueño constituye una nación latinoamericana y caribeña que tiene su propia e inconfundible identidad nacional;

 

3. Exhorta nuevamente al Gobierno de los Estados Unidos de América a asumir su responsabilidad de acelerar un proceso que permita que el pueblo de Puerto Rico ejerza plenamente su derecho inalienable a la libre determinación y a la independencia, de conformidad y en pleno cumplimiento con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y las resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico, y que pueda, de manera soberana, tomar decisiones para atender sus urgentes necesidades económicas y sociales, incluidos el desempleo, la marginalización, la insolvencia y la pobreza, y los problemas relativos a la educación y a la salud;

 

4. Observa con preocupación que en virtud de la decisión del Congreso de los Estados Unidos, a través de la ley de supervisión, gestión y estabilidad económica de Puerto Rico que crea la Junta de Supervisión y Administración Financiera, se haya reducido aún más el ya menguado ámbito en que se desenvuelve el régimen de subordinación política y económica que ha prevalecido en Puerto Rico;

 

5. Observa el amplio apoyo a la independencia de Puerto Rico demostrado por personalidades, gobiernos y fuerzas políticas de América Latina y el Caribe;

 

6. Observa nuevamente el debate que existe en Puerto Rico sobre la implementación de un mecanismo que pueda asegurar la plena participación de representantes de todos los sectores de opinión puertorriqueños, entre ellos una asamblea constitucional sobre la cuestión del estatus basada en las alternativas de descolonización reconocidas por el derecho internacional, consciente del principio de que toda iniciativa para la solución del estatus político de Puerto Rico debe tomarla originalmente el pueblo de Puerto Rico;

 

7. Expresa profunda preocupación por las acciones llevadas a cabo contra independentistas puertorriqueños y alienta a que se investiguen esas acciones, con el rigor necesario y la cooperación de las autoridades competentes;

 

8. Solicita a la Asamblea General que examine, de manera amplia y en todos los aspectos, la cuestión de Puerto Rico, y se pronuncie sobre la misma lo antes posible;

 

9. Insta al Gobierno de los Estados Unidos a que, en consonancia con la necesidad de garantizar al pueblo puertorriqueño su legítimo derecho a la libre determinación y la protección de sus derechos humanos, complete la devolución al pueblo de Puerto Rico de toda la tierra ocupada y las instalaciones de la isla de Vieques y Ceiba, respete los derechos humanos fundamentales, como el derecho a la salud y al desarrollo económico, y acelere la ejecución y asuma los costos del proceso de limpieza y descontaminación de las áreas anteriormente utilizadas en las maniobras militares mediante métodos que no continúen agravando las serias consecuencias de su actividad militar para proteger la salud de los habitantes de la isla de Vieques y el medio ambiente;

 

10. Celebra la excarcelación sin condiciones del patriota puertorriqueño Oscar López Rivera, quien cumplió 35 años de condena en prisiones de los Estado Unidos por causas relacionadas con la lucha por la independencia de Puerto Rico;

 

11. Toma nota con satisfacción del informe preparado por el Relator del Comité Especial en cumplimiento de lo dispuesto en su resolución de 20 de junio de 20161;

 

12. Solicita al Relator que le informe en 2017 sobre la aplicación de la presente resolución, incluyendo nuevos acontecimientos relevantes a un proceso de descolonización de Puerto Rico, de conformidad con la resolución 1514 (XV);

 

13. Decide mantener en constante examen la cuestión de Puerto Rico.

 

1 A/AC.109/2017/L.13.

 

 


 

 

Special Committee on the Situation with regard to the Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples

 

Bolivia (Plurinational State of), Cuba, Nicaragua, Russian Federation, Syrian Arab Republic and Venezuela (Bolivarian Republic of): draft resolution


Decision of the Special Committee of 20 June 2016 concerning Puerto Rico

 

The Special Committee on the Situation with regard to the Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples,

 

Bearing in mind the Declaration on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples, contained in General Assembly resolution 1514 (XV) of 14 December 1960, as well as the 35 resolutions and decisions of the Special Committee concerning Puerto Rico,

 

Considering that more than half of the period 2011-2020, proclaimed by the General Assembly, in its resolution 65/119, of 10 December 2010, as the Third International Decade for the Eradication of Colonialism, has been reached,

 

Bearing in mind the 35 resolutions and decisions adopted since 1972 by the Special Committee on the question of Puerto Rico contained in the reports of the Special Committee to the General Assembly, in particular those adopted in recent years without a vote,

 

Recalling that 25 July 2017 marks the 119th anniversary of the intervention in Puerto Rico by the United States of America,

 

Noting with concern that despite the various initiatives taken in recent years by the political representatives of Puerto Rico and the United States, the process of decolonization of Puerto Rico, in compliance with General Assembly resolution 1514 (XV) and the resolutions and decisions of the Special Committee on Puerto Rico, has not yet been set in motion,

 

Bearing in mind that, on 6 November 2012, a majority of the people of Puerto Rico rejected its current status of political subordination, and that in the context of the significant upsurge of the economic and fiscal crisis in Puerto Rico, such status prevents it from taking sovereign decisions to address their serious economic and social problems, including unemployment, marginalization, insolvency, poverty, and issues related to education and health; a situation made worse by the imposition of a Puerto Rico Oversight, Management, and Economic Stability Act by the United States Congress,

 

Noting with concern that the United States Congress, invoking thereby the plenary powers of Congress under the Territorial Clause of its Constitution, imposed in June 2016 a Financial Oversight and Management Board for Puerto Rico (fiscal oversight board), appointed by the President of the United States to exercise plenary control powers over the elected executive and legislative officials of the Government of Puerto Rico in all issues relating to fiscal, economic and budgetary matters, as well as all that concerns the restructuring of the public debt of Puerto Rico,

 

Further noting that the Supreme Court of the United States, in conformity with the request made by the Department of Justice, decided in June 2016 in the case of Puerto Rico v. Sánchez Valle, that the original and ultimate source of governmental power in Puerto Rico lies in the United States Congress, and that any limited concession of self-government to Puerto Rico may be unilaterally revoked by the United States Congress,

 

Stressing again the urgent need for the United States to lay the groundwork for the full implementation of General Assembly resolution 1514 (XV) and the resolutions and decisions of the Special Committee concerning Puerto Rico,

 

Noting that the Inter-agency Task Force on Puerto Rico’s Status designated by the President of the United States, which submitted its third report on 16 March 2011, reaffirmed that Puerto Rico is a territory subject to United States congressional authority, and that to date the discussion of the issue of status is at a standstill,

 

Taking note of the declarations adopted at the second, third, fourth and fifth Summits of the Community of Latin American and Caribbean States held in Havana, in Belén (Costa Rica), in Quito and in Punta Cana (Dominican Republic) in 2014, 2015, 2016 and 2017 respectively, in which attention is drawn to the Latin American and Caribbean character of Puerto Rico, note is taken of the resolutions on Puerto Rico adopted by the Special Committee, reiterating that it is an issue of interest for the Community, a commitment is made to continue working, within the framework of international law, and in particular within the framework of General Assembly resolution 1514 (XV), to make the region of Latin America and the Caribbean a territory free of colonialism and colonies, and the Quartet of the Community of Latin American and Caribbean States, is directed, with the participation of other member States that wish to join this endeavour, to present proposals to move forward on this matter,

 

Taking note also of the Special Declaration on Puerto Rico adopted by the Heads of State and Government of the Bolivarian Alliance for the Peoples of Our America, meeting in Caracas on 4 and 5 February 2012, in which they expressed their strong support for the inalienable right of the people of Puerto Rico to self-determination and full independence; recalled that Puerto Rico is a Latin American and Caribbean nation, with its own unmistakable identity and history, whose rights to sovereignty have been violated by the colonial rule imposed for more than a century; stressed that the cause of Puerto Rican independence concerns the region of Latin America and the Caribbean and their forums for dialogue and political cooperation, especially the Community of Latin American and Caribbean States, which demanded the release of Oscar López Rivera, who was imprisoned under inhumane conditions for 35 years,

 

Taking note further of the “Panama Proclamation”, adopted by the Latin American and Caribbean Congress in support of Puerto Rico’s Independence, which was held in Panama on 18 and 19 November 2006 and attended by 33 political parties from 22 countries of the region, of which the conclusions were reaffirmed in the declaration adopted by the Council of the Socialist International in Cascais (Portugal), on 5 February 2013, which expressed support for the repeated and unanimous call of the Special Committee of the General Assembly to consider the colonial case of Puerto Rico and further expressed satisfaction and solidarity with the rejection by a majority of the people of Puerto Rico of the continuation of the current colonial status of Puerto Rico,

 

Noting the debate in Puerto Rico on the search for a procedure that would enable the process of decolonization of Puerto Rico to begin, and aware of the principle that any initiative seeking a solution to the political status of Puerto Rico should originate from the people of Puerto Rico, and of the fact that, to date, several draft laws in favour of convening a constitutional assembly on status have been presented in Puerto Rico,

 

Noting also that the consultation carried out by the Government of Puerto Rico on 11 June 2017, with a turnout of under 23 per cent of voters, according to the State Elections Commission of Puerto Rico, was not designed to promote decolonization in accordance with General Assembly resolution 1514 (XV).

 

Welcoming the unconditional release of the Puerto Rican patriot Oscar López Rivera, effective on 17 May 2017, after serving in United States prisons for more than 35 years for reasons related to the struggle for the independence of Puerto Rico,

 

Noting the concern of the people of Puerto Rico regarding violent actions, including repression, intimidation, and the forced sampling of DNA against Puerto Rican independence activists, including actions that have come to light through documents declassified by federal agencies of the United States,

 

Aware that Vieques Island, Puerto Rico, was used for over 60 years by the United States Marine Corps and naval forces to carry out military exercises, with negative consequences for the health of the population, the environment and the economic and social development of that Puerto Rican municipality,

 

Noting the consensus existing among the people and the Government of Puerto Rico on the need to clean up, decontaminate and return to the people of Puerto Rico all of the lands previously used for military exercises and installations, and use them for the social and economic development of Puerto Rico, as well as on the slowness of the process thus far,

 

Noting also the constant complaints made by the inhabitants of Vieques Island regarding the continued bombing and the use of open burning as a clean-up method, thereby exacerbating the existing health and pollution problems and endangering civilian lives,

 

Noting further that in the final document of the Seventeenth Summit Conference of Heads of State and Government of the Non-Aligned Countries, held in Isla Margarita (Bolivarian Republic of Venezuela), on 17 and 18 September 2016, and other meetings of the Movement of Non-Aligned Countries, the right of the people of Puerto Rico to self-determination and independence is reaffirmed under General Assembly resolution 1514 (XV), the Government of the United States is urged to assume its responsibility to expedite a process that will allow the Puerto Rican people to fully exercise their inalienable right to self-determination and independence and to return the territory and occupied installations on Vieques Island and at the Roosevelt Roads Naval Station to the Puerto Rican people, who constitute a Latin American and Caribbean nation, and the General Assembly is urged to actively consider the question of Puerto Rico in all its aspects,

 

Having heard statements and witness accounts representative of various viewpoints among the people of Puerto Rico and their social institutions,

 

Having considered the report of the Rapporteur of the Special Committee on the implementation of the resolutions concerning Puerto Rico,[1]

 

1.       Reaffirms the inalienable right of the people of Puerto Rico to self-determination and independence in conformity with General Assembly resolution 1514 (XV) and the applicability of the fundamental principles of that resolution to the question of Puerto Rico;

 

2.       Reiterates that the Puerto Rican people constitutes a Latin American and Caribbean nation that has its own distinct national identity;

 

3.       Calls again upon the Government of the United States of America to assume its responsibility to expedite a process that will allow the Puerto Rican people fully to exercise their inalienable right to self-determination and independence, in accordance and in full compliance with General Assembly resolution 1514 (XV) and the resolutions and decisions of the Special Committee concerning Puerto Rico, and to take decisions, in a sovereign manner, to address their urgent economic and social needs, including unemployment, marginalization, insolvency and poverty, and issues related to education and health;

 

4.       Notes with concern that by virtue of the decision of the United States Congress, under an act entitled “Puerto Rico Oversight, Management, and Economic Stability Act” which mandated the establishment of the Financial Oversight and Management Board, the already weakened area in which the prevailing regime of political and economic subordination in Puerto Rico operates is reduced even further;

 

5.       Notes the broad support of eminent persons, Governments and political forces in Latin America and the Caribbean for the independence of Puerto Rico;

 

6.       Also notes the debate in Puerto Rico on the implementation of a mechanism that would ensure the full participation of representatives of all sectors of Puerto Rican public opinion, including a constitutional assembly on status with a basis in the decolonization alternatives recognized in international law, and aware of the principle that any initiative seeking a solution to the political status of Puerto Rico should originate from the people of Puerto Rico;

 

7.       Expresses deep concern over the actions carried out against supporters of Puerto Rican independence, and encourages the investigation of those actions with the necessary rigour and with the cooperation of the relevant authorities;

 

8.       Requests the General Assembly to consider the question of Puerto Rico comprehensively and in all its aspects, and to decide on this issue as soon as possible;

 

9.       Urges the Government of the United States, in line with the need to guarantee the legitimate right of the Puerto Rican people to self-determination and the protection of their human rights, to complete the return of occupied land and installations on Vieques Island and in Ceiba to the people of Puerto Rico, respect fundamental human rights, such as the right to health and economic development, and expedite and cover the costs of the process of cleaning up and decontaminating the areas previously used in military exercises through means that do not continue to worsen the serious consequences of its military activity in order to protect the health of the inhabitants of Vieques Island and the environment;

 

10.     Welcomes the unconditional release of Puerto Rican patriot Oscar López Rivera, who served 35 years in United States jails for reasons related to the struggle for the independence of Puerto Rico;

 

11.     Takes note with satisfaction of the report prepared by the Rapporteur of the Special Committee, in compliance with its resolution of 20 June 2016;

 

12.     Requests the Rapporteur to report in 2017 on the implementation of the present resolution; including new developments relevant to a process of decolonization of Puerto Rico, in accordance with resolution 1514 (XV);

 

13.     Decides to keep the question of Puerto Rico under continuous review.




[1] A/AC.109/2017/L.13.

 

Comité Especial Encargado de Examinar la Situación con respecto a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales

Bolivia (Estado Plurinacional de), Cuba, Federación de Rusia, Nicaragua, República Árabe Siria y Venezuela (República Bolivariana de): proyecto de resolución

Decisión del Comité Especial de fecha 20 de junio de 2016 relativa a Puerto Rico

El Comité Especial Encargado de Examinar la Situación con respecto a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales,

Teniendo presente la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales, que figura en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960, así como las 35 resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico,

Considerando que ha transcurrido más de la mitad del período de 2011-2020, declarado por la Asamblea General, en su resolución 65/119, de 10 de diciembre de 2010, Tercer Decenio Internacional para la Eliminación del Colonialismo,

Teniendo presentes las 35 resoluciones y decisiones aprobadas desde 1972 por el Comité Especial sobre la cuestión de Puerto Rico que figuran en los informes del Comité Especial a la Asamblea General, en particular las aprobadas en los últimos años sin votación,

Recordando que el 25 de julio de 2017 se cumplen 119 años de la intervención de los Estados Unidos de América en Puerto Rico,

Observando con preocupación que, a pesar de las diversas iniciativas emprendidas en años recientes por los representantes políticos de Puerto Rico y los Estados Unidos, no se ha logrado hasta el momento poner en marcha un proceso de descolonización para Puerto Rico, en cumplimiento de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y las resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico,

Teniendo presente que el pueblo de Puerto Rico se expresó mayoritariamente, el 6 de noviembre de 2012, rechazando su actual condición de subordinación política, y que, en el contexto del significativo recrudecimiento de la crisis económica y fiscal en Puerto Rico, dicha condición le impide tomar decisiones soberanas para atender sus graves problemas económicos y sociales, incluidos el desempleo, la marginalización, la insolvencia y la pobreza, y los problemas relativos a la educación y a la salud; situación que se agrava con la imposición de la ley de supervisión, gestión y estabilidad económica de Puerto Rico por el Congreso de los Estados Unidos,

Tomando nota con preocupación que el Congreso de los Estados Unidos, invocando sus poderes plenarios bajo la Cláusula Territorial de la Constitución de los Estados Unidos, impuso en junio de 2016 una Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico (junta de supervisión fiscal), nombrada por el Presidente de los Estados Unidos para ejercer poderes de control plenarios sobre los funcionarios ejecutivos y legislativos electos del Gobierno de Puerto Rico en todo asunto relativo a temas fiscales, económicos y presupuestarios, así como todo lo concerniente a la restructuración de la deuda pública de Puerto Rico,

Tomando nota de que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, de conformidad con lo solicitado por el Departamento de Justicia de ese país, resolvió en junio de 2016, en el caso Puerto Rico c. Sánchez Valle, que la fuente original y última de la autoridad gubernamental en Puerto Rico era el Congreso de los Estados Unidos, y que cualquier concesión limitada de gobierno propio a Puerto Rico puede ser revocada unilateralmente por dicho Congreso,

Destacando nuevamente la urgente necesidad de que los Estados Unidos propicien las condiciones necesarias para la plena aplicación de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y las resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico,

Tomando nota de que el Grupo Interagencial de Trabajo sobre el Estatus de Puerto Rico designado por el Presidente de los Estados Unidos, que presentó su tercer informe el 16 de marzo de 2011, reafirmó que Puerto Rico es un territorio sujeto a la autoridad del Congreso de los Estados Unidos, y de que hasta la fecha la discusión sobre el problema del estatus se ha estancado,

Tomando nota también de las declaraciones aprobadas por las Cumbres II, III, IV y V de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños, celebradas en La Habana, Belén (Costa Rica), Quito y Punta Cana (República Dominicana) en 2014, 2015, 2016 y 2017, respectivamente, en las que se reitera el carácter latinoamericano y caribeño de Puerto Rico, se toma nota de las resoluciones sobre Puerto Rico adoptadas por el Comité Especial, reiterándose que es un asunto de interés de la Comunidad, se asume el compromiso de seguir trabajando en el marco del derecho internacional y, en particular, de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, para lograr que la región de América Latina y el Caribe sea un territorio libre de colonialismo y colonias, y se encomienda al Cuarteto de la Comunidad para que, con la participación de otros Estados miembros que deseen sumarse a este mandato, presenten propuestas para avanzar en lo anterior,

Tomando nota además de la Declaración Especial sobre Puerto Rico aprobada por los Jefes de Estado y de Gobierno de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América, reunidos en Caracas los días 4 y 5 de febrero de 2012, mediante la cual expresaron su más firme respaldo al derecho inalienable del pueblo de Puerto Rico a su autodeterminación y plena independencia, recordaron que Puerto Rico es una nación latinoamericana y caribeña, con su propia e inconfundible identidad e historia, cuyos derechos a la soberanía son violados por la tutela colonial impuesta desde hace más de un siglo, destacaron que la causa de la independencia de Puerto Rico es un asunto que concierne a la región de América Latina y el Caribe y a sus foros de concertación y cooperación política, en especial la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños, que reclamaron la libertad de Oscar López Rivera, quien ha sido encarcelado inhumanamente durante 35 años,

Tomando nota de la “Proclama de Panamá”, adoptada en el Congreso Latinoamericano y Caribeño por la Independencia de Puerto Rico, que con la presencia de 33 partidos políticos de 22 países de la región tuvo lugar los días 18 y 19 de noviembre de 2006 en Panamá, cuyas conclusiones fueron reiteradas en la declaración adoptada por el Consejo de la Internacional Socialista en Cascais (Portugal), el 5 de febrero de 2013, en la que se expresa apoyo al llamado reiterado y unánime del Comité Especial para que la Asamblea General examinara el caso colonial de Puerto Rico y se manifiesta satisfacción y solidaridad con el rechazo mayoritario del pueblo puertorriqueño a la continuación de la actual condición colonial de Puerto Rico,

Tomando nota también del debate que existe en Puerto Rico sobre la búsqueda de un procedimiento que permita iniciar el proceso de descolonización de Puerto Rico, y consciente del principio de que toda iniciativa para la solución del estatus político de Puerto Rico debe tomarla originalmente el pueblo de Puerto Rico, y de que al presente en Puerto Rico se han presentado varios proyectos legislativos a favor de la celebración de una asamblea constitucional de estatus,

Tomando nota asimismo de que la consulta llevada a cabo por el Gobierno de Puerto Rico el 11 de junio de 2017, en la que, según ha informado la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico, participó menos del 23% de los electores, no estaba diseñada para promover la descolonización conforme la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General,

Celebrando la excarcelación sin condiciones del patriota puertorriqueño Oscar López Rivera, efectiva al 17 de mayo de 2017, luego de más de 35 años de cárcel por causas relacionadas a la lucha por la independencia de Puerto Rico,

Tomando nota de la preocupación existente en el pueblo de Puerto Rico con relación a las acciones violentas, incluidas la represión, la intimidación y la toma forzosa de ADN, contra independentistas puertorriqueños, como las que se han conocido a partir de documentos desclasificados por organismos federales de los Estados Unidos,

Conscientes de que la isla de Vieques (Puerto Rico) fue utilizada durante más de 60 años por la infantería de marina y las fuerzas navales de los Estados Unidos para llevar a cabo maniobras militares, con las correspondientes

consecuencias negativas para la salud de la población, el medio ambiente y el desarrollo económico y social de ese municipio puertorriqueño,

Tomando nota del consenso que existe en el pueblo y Gobierno de Puerto Rico sobre la necesidad de que se limpien, descontaminen y devuelvan al pueblo de Puerto Rico todas las tierras anteriormente utilizadas para maniobras e instalaciones militares y de que se utilicen para el desarrollo social y económico de Puerto Rico, así como sobre la lentitud de ese proceso hasta el momento,

Tomando nota también de las denuncias hechas constantemente por los habitantes de la isla de Vieques de que se siguen detonando bombas y utilizando la quema abierta como método de limpieza, agravando así los problemas de salud y contaminación ya existentes y poniendo en riesgo la vida de civiles,

Tomando nota además que en el documento final de la 17a Conferencia de Jefes de Estado o de Gobierno de los Países No Alineados, celebrada en la Isla Margarita (República Bolivariana de Venezuela), el 17 y 18 de septiembre de 2016, y en otras reuniones del Movimiento de los Países No Alineados, se reafirma el derecho del pueblo de Puerto Rico a la libre determinación y a la independencia, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General; se insta al Gobierno de los Estados Unidos a asumir su responsabilidad de acelerar un proceso que permita que el pueblo de Puerto Rico ejerza plenamente su derecho inalienable a la libre determinación y la independencia y a devolver el territorio y las instalaciones ocupadas en la isla de Vieques y en la Estación Naval de Roosevelt Roads al pueblo puertorriqueño, que constituye una nación latinoamericana y caribeña, y se insta a la Asamblea General a examinar activamente la cuestión de Puerto Rico en todos sus aspectos,

Habiendo escuchado las declaraciones y los testimonios representativos de diversas tendencias del pueblo puertorriqueño y sus instituciones sociales,

Habiendo examinado el informe del Relator del Comité Especial sobre la aplicación de las resoluciones relativas a Puerto Rico1,

1. Reafirma el derecho inalienable del pueblo puertorriqueño a la libre determinación y la independencia, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, y la aplicabilidad de los principios fundamentales de dicha resolución a la cuestión de Puerto Rico;

2. Reitera que el pueblo puertorriqueño constituye una nación latinoamericana y caribeña que tiene su propia e inconfundible identidad nacional;

3. Exhorta nuevamente al Gobierno de los Estados Unidos de América a asumir su responsabilidad de acelerar un proceso que permita que el pueblo de Puerto Rico ejerza plenamente su derecho inalienable a la libre determinación y a la independencia, de conformidad y en pleno cumplimiento con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y las resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico, y que pueda, de manera soberana, tomar decisiones para atender sus urgentes necesidades económicas y sociales, incluidos el desempleo, la marginalización, la insolvencia y la pobreza, y los problemas relativos a la educación y a la salud;

4. Observa con preocupación que en virtud de la decisión del Congreso de los Estados Unidos, a través de la ley de supervisión, gestión y estabilidad económica de Puerto Rico que crea la Junta de Supervisión y Administración Financiera, se haya reducido aún más el ya menguado ámbito en que se desenvuelve el régimen de subordinación política y económica que ha prevalecido en Puerto Rico;

5. Observa el amplio apoyo a la independencia de Puerto Rico demostrado por personalidades, gobiernos y fuerzas políticas de América Latina y el Caribe;

6. Observa nuevamente el debate que existe en Puerto Rico sobre la implementación de un mecanismo que pueda asegurar la plena participación de representantes de todos los sectores de opinión puertorriqueños, entre ellos una asamblea constitucional sobre la cuestión del estatus basada en las alternativas de descolonización reconocidas por el derecho internacional, consciente del principio de que toda iniciativa para la solución del estatus político de Puerto Rico debe tomarla originalmente el pueblo de Puerto Rico;

7. Expresa profunda preocupación por las acciones llevadas a cabo contra independentistas puertorriqueños y alienta a que se investiguen esas acciones, con el rigor necesario y la cooperación de las autoridades competentes;

8. Solicita a la Asamblea General que examine, de manera amplia y en todos los aspectos, la cuestión de Puerto Rico, y se pronuncie sobre la misma lo antes posible;

9. Insta al Gobierno de los Estados Unidos a que, en consonancia con la necesidad de garantizar al pueblo puertorriqueño su legítimo derecho a la libre determinación y la protección de sus derechos humanos, complete la devolución al pueblo de Puerto Rico de toda la tierra ocupada y las instalaciones de la isla de Vieques y Ceiba, respete los derechos humanos fundamentales, como el derecho a la salud y al desarrollo económico, y acelere la ejecución y asuma los costos del proceso de limpieza y descontaminación de las áreas anteriormente utilizadas en las maniobras militares mediante métodos que no continúen agravando las serias consecuencias de su actividad militar para proteger la salud de los habitantes de la isla de Vieques y el medio ambiente;

10. Celebra la excarcelación sin condiciones del patriota puertorriqueño Oscar López Rivera, quien cumplió 35 años de condena en prisiones de los Estado Unidos por causas relacionadas con la lucha por la independencia de Puerto Rico;

11. Toma nota con satisfacción del informe preparado por el Relator del Comité Especial en cumplimiento de lo dispuesto en su resolución de 20 de junio de 20161;

12. Solicita al Relator que le informe en 2017 sobre la aplicación de la presente resolución, incluyendo nuevos acontecimientos relevantes a un proceso de descolonización de Puerto Rico, de conformidad con la resolución 1514 (XV);

13. Decide mantener en constante examen la cuestión de Puerto Rico.

1 A/AC.109/2017/L.13.

 

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