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Decisión del Comité Especial de 5 de agosto de 2020 relativa a Puerto Rico PDF Imprimir Correo
Escrito por Naciones Unidas, Asamblea General   
Lunes, 21 de Junio de 2021 12:53

Comité Especial encargado de Examinar la Situación con respecto a  la Aplicación de  la  Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales

Antigua y Barbuda, Bolivia (Estado  Plurinacional  de), Cuba, Federación de Rusia, Nicaragua, República Árabe Siria y Venezuela (República Bolivariana de): proyecto de resolución

Decisión del Comité Especial de 5 de  agosto de  2020 relativa a Puerto Rico

El Comité Especial encargado de Examinar la Situación con respecto a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales,

Teniendo presente la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales, que figura en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960,

Considerando que el período 2021-2030 fue declarado por la Asamblea General, en su resolución 75/123, de 10 de diciembre de 2020, Cuarto Decenio Internacional para la Eliminación del Colonialismo,

 

Teniendo presentes las 38 resoluciones y decisiones aprobadas desde 1972 por el Comité Especial sobre la cuestión de Puerto Rico que figuran en los informes del Comité Especial a la Asamblea General, en particular las aprobadas en los últimos años sin votación,

Recordando que el 25 de julio de 2020 se cumplieron 122 años de la intervención de los Estados Unidos de América en Puerto Rico,

Observando con preocupación que, a pesar de que el pueblo puertorriqueño se expresó mayoritariamente, el 6 de noviembre de 2012, rechazando su actual condición de subordinación política, los representantes políticos de Puerto Rico y los Estados Unidos  no   han   logrado   hasta   el  momento  poner  en  marcha  un  proceso de descolonización que se origine en Puerto Rico, en cumplimiento de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y las resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico,

Observando que la consulta llevada a cabo por el Gobierno de  Puerto Rico el  11 de junio de 2017, en la que, según informó la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico, participó menos del 23 % de los electores, no estaba diseñada para promover la descolonización conforme la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General,

Observando con preocupación que la presente subordinación política del pueblo puertorriqueño impide la toma de decisiones soberanas respecto a la crisis humanitaria resultante de los efectos de los huracanes Irma y María, los cuales han agravado los ya serios problemas económicos y sociales, ya que han provocado un aumento de los niveles de pobreza en Puerto Rico del 45 % hasta alrededor del 60 % de la población, lo cual ha causado una migración masiva y ha afectado seriamente  los esfuerzos para lograr un desarrollo económico sostenible,

Observando con preocupación también que el Congreso de los Estados Unidos, invocando su doctrina de poderes plenarios bajo la Cláusula Territorial de la Constitución de los Estados Unidos, impuso en junio de 2016 una Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico (Junta de Supervisión Fiscal), nombrada por el Presidente de los Estados Unidos para ejercer poderes de control plenarios sobre los funcionarios ejecutivos y legislativos elegidos del Gobierno de Puerto Rico en todo asunto relativo a temas fiscales, económicos y presupuestarios, así como todo lo concerniente a la reestructuración de la deuda pública de Puerto Rico, todo lo cual recrudece la situación colonial del país,

Observando que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, de conformidad con lo solicitado por el Departamento de Justicia de ese país, resolvió en junio de 2016, en el caso Puerto Rico c. Sánchez Valle, que la fuente original y última de la autoridad gubernamental en Puerto Rico era el Congreso de los Estados Unidos y que cualquier concesión limitada de gobierno propio a Puerto Rico puede ser revocada unilateralmente por dicho Congreso,

Destacando nuevamente la urgente necesidad de que los Estados Unidos propicien las condiciones necesarias para la plena  aplicación  de  la  resolución  1514 (XV) de la Asamblea General y las resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico,

Haciendo notar las declaraciones de los Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños, la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América, el Movimiento de Países No Alineados y el Consejo de la Internacional Socialista, que reiteran los derechos inalienables del pueblo de Puerto Rico de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, y que también reiteran el carácter latinoamericano y caribeño de Puerto Rico y su apoyo a las resoluciones sobre Puerto Rico aprobadas por el Comité Especial,

Haciendo notar también el debate que existe en Puerto Rico sobre la búsqueda de un procedimiento que permita iniciar el proceso de descolonización de Puerto Rico, y consciente del principio de que toda iniciativa para la solución del estatuto político de Puerto Rico debe tomarla originalmente el pueblo de Puerto Rico, y de  que a la fecha en Puerto Rico varios sectores se han manifestado a favor de celebrar una asamblea constitucional sobre el estatuto,

Haciendo notar además la preocupación del pueblo de Puerto Rico por las acciones violentas, incluidas la represión e intimidación, contra independentistas puertorriqueños, conocidas a partir de documentos desclasificados por organismos federales de los Estados Unidos,

Consciente de que la isla de Vieques (Puerto Rico) fue utilizada durante más de 60 años por la infantería de marina y las fuerzas navales de los Estados Unidos para llevar a cabo maniobras militares, con las correspondientes consecuencias negativas para la salud de la población, el medio ambiente y el desarrollo económico y  social de ese municipio puertorriqueño,

Haciendo notar el consenso que existe en el pueblo y el Gobierno de Puerto Rico sobre la necesidad de que se limpien, descontaminen y devuelvan al pueblo de Puerto Rico todas las tierras anteriormente utilizadas para maniobras e instalaciones militares y de que se utilicen para el desarrollo social y económico de Puerto Rico,  así como sobre la lentitud de ese proceso hasta el momento,

Haciendo notar también las denuncias hechas constantemente por los habitantes de la isla de Vieques de que se siguen detonando bombas y utilizando la quema abierta como método de limpieza, agravando así los problemas de salud y contaminación ya existentes y poniendo en riesgo la vida de civiles,

Haciendo notar además que en el documento final de la 17ª Conferencia de Jefes de Estado o de Gobierno de los Países No Alineados, celebrada en la Isla Margarita (República Bolivariana de Venezuela) los días 17 y 18 de septiembre de 2016, y en otras reuniones del Movimiento de Países No Alineados se reafirma el derecho del pueblo de Puerto Rico a la libre determinación y a la independencia, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, se insta al Gobierno de los Estados Unidos a asumir su responsabilidad de acelerar un proceso que permita que el pueblo puertorriqueño ejerza plenamente su derecho inalienable a la libre determinación y la independencia y a devolver el territorio y las instalaciones ocupadas en la isla de Vieques y en la Estación Naval de Roosevelt Roads al pueblo puertorriqueño, que constituye una nación latinoamericana y caribeña, y se insta a la Asamblea General a examinar activamente la cuestión de Puerto Rico en todos sus aspectos,

Habiendo escuchado declaraciones y testimonios representativos de diversas tendencias del pueblo de Puerto Rico y sus instituciones sociales,

Habiendo examinado el informe del Relator del Comité Especial sobre la aplicación de las resoluciones relativas a Puerto Rico 1,

  1. Reafirma el derecho inalienable del pueblo de Puerto Rico a la libre determinación y la independencia, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, y la aplicabilidad de los principios fundamentales de dicha resolución a la cuestión de Puerto Rico, y que el pueblo de Puerto Rico constituye  una nación latinoamericana y caribeña que tiene su propia e inconfundible identidad nacional;
    1. Exhorta nuevamente al Gobierno de los Estados Unidos de América a asumir su responsabilidad de promover un proceso que permita que el pueblo puertorriqueño ejerza plenamente su derecho inalienable a la libre determinación y a la independencia, de conformidad y  en pleno  cumplimiento  con  la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y las resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico, y que pueda, de manera soberana, tomar decisiones para atender sus urgentes necesidades económicas y sociales, incluidos el desempleo, la marginación, la insolvencia y  la pobreza, y los problemas relativos a la  educación y la salud, que se han agravado por el azote de los huracanes Irma y María, los terremotos que afectaron a la parte suroeste de Puerto Rico y la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19);
    2. Observa con preocupación que, en virtud de la decisión del Congreso de los Estados Unidos, a través de la Ley de Supervisión, Administración y Estabilidad Económica de Puerto Rico que crea la Junta de Supervisión y Administración

Financiera, se haya reducido aún más el ya menguado ámbito en que se desenvuelve el régimen de subordinación política y económica que prevalece en Puerto Rico;

  1. Hace notar el amplio apoyo a la independencia de Puerto Rico demostrado por personalidades, gobiernos y fuerzas políticas de América Latina y el Caribe;
  2. Hace notar nuevamente el debate que existe en Puerto Rico sobre la implementación de un mecanismo que pueda asegurar la plena participación de representantes de todos los sectores de opinión puertorriqueños, entre ellos una asamblea constitucional sobre el estatuto basada en las alternativas de descolonización reconocidas por el derecho internacional, consciente del principio de que toda iniciativa para la solución del estatuto político de Puerto Rico debe tomarla originalmente el pueblo de Puerto Rico;
  3. Expresa suma preocupación por las acciones llevadas a cabo contra independentistas puertorriqueños y alienta a que se investiguen esas acciones con el rigor necesario y la cooperación de las autoridades competentes;
    1. Solicita a la Asamblea General que examine la cuestión de Puerto Rico de manera amplia y en todos sus aspectos y se pronuncie al respecto lo antes posible;
    2. Insta al Gobierno de los Estados Unidos a que, en consonancia con la necesidad de garantizar al pueblo puertorriqueño su legítimo derecho a la libre determinación y la protección de sus derechos humanos, complete la devolución al pueblo de Puerto Rico de todas las tierras ocupadas por sus fuerzas militares en territorios de Puerto Rico, en particular las instalaciones de la isla de Vieques y Ceiba, respete los derechos humanos fundamentales, como el derecho a la salud y al desarrollo económico, y acelere la ejecución y asuma los costos del proceso de limpieza y descontaminación de las áreas anteriormente utilizadas en las maniobras militares mediante métodos que no continúen agravando las serias consecuencias de su actividad militar para proteger la salud de los habitantes de la isla de Vieques y el medio ambiente;
    3. Toma nota con satisfacción del informe preparado por el Relator del Comité Especial en cumplimiento de lo dispuesto en su resolución de  5  de  agosto  de 2020;
    4. Solicita al Relator que lo informe en 2022 sobre la aplicación de la presente resolución, incluidas las novedades relacionadas con el proceso de descolonización de Puerto Rico, de conformidad con la resolución 1514 (XV);
      1. Decide mantener en constante examen la cuestión de Puerto Rico.
 

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